El juez Horacio Robledo, titular del Juzgado Nacional de primera instancia en lo Comercial N°24, dictó una medida cautelar que suspende las siete Resoluciones Generales dictadas por la IGJ durante el 2020, que buscaban impedir el uso de la SAS en la Ciudad de Buenos Aires. Entre otras limitaciones, las resoluciones suspendían la tramitación online y otorgaban la facultad de perseguir discrecionalmente a las 30.000 sociedades creadas en los últimos dos años. La medida cautelar decretada es resultado de un amparo judicial presentado en mayo por la Asociación de Emprendedores de Argentina (ASEA) y otros actores, a través del cual se solicita se declare su inconstitucionalidad.
El argumento principal del amparo fue el respeto a la división de poderes, ya que la IGJ, al depender del Poder Ejecutivo, no puede derogar o modificar una ley votada en el Congreso Nacional. Según sostiene el amparo de los emprendedores, las resoluciones de la IGJ violan 17 artículos de la Constitución Nacional, representando un exceso reglamentario e inconstitucional. Entre las disposiciones de la IGJ suspendidas se encuentra la suspensión de los trámites digitales, los libros on line y la vuelta al papel, la imposición de multas, la limitación a administradores extranjeros, y la imposición de requisitos no dispuestos por ley, e impuestos de forma inconstitucional por la IGJ.
"Esta medida cautelar es sumamente importante para todas las pymes y emprendedores, ya que restablece la aplicación de la Ley de los Emprendedores, aprobada por unanimidad en 2017 y suspendida de forma ilegal por la Inspección General de Justicia. De esta forma, la Justicia dispone que es inconstitucional que un organismo de sexto rango en el escalafón administrativo del Poder Ejecutivo modifique leyes del Congreso mediante resoluciones. Es una aplicación básica del principio republicano de división de poderes”, sostuvo Alejandro Ramírez, responsable de Políticas Públicas de ASEA.
Desde la aprobación de la Ley de Emprendedores, en marzo de 2017, se crearon más de 30 mil empresas bajo la figura de la SAS y se generaron más de 47 mil puestos de trabajo registrados -a lo que se debe sumar el trabajo indirecto-. La recaudación del Estado bajo la SAS ha tenido un crecimiento del 580% anual, demostrando la utilidad de la figura en este nuevo contexto económico.
Hasta ese momento, ninguno de los modelos societarios vigentes permitían organizar capitales ni brindaban la flexibilidad suficiente para escalar de forma simple y de acuerdo a las necesidades. Las SAS son una figura que también funciona en otros países de la región, como Perú, Chile, Uruguay, Colombia, México, Ecuador, Guatemala y República Dominicana, así como en Francia, Alemania, Italia entre otros.
Además, la SAS fue el tipo societario más elegido por las pymes en el año 2019, lo que representa en la actualidad el 50% de las sociedades que se constituyen ante la IGJ.
Las Resoluciones dictadas por la IGJ
Las Resoluciones Generales dictadas por la IGJ son la N° 5/2020, N° 9/2020, N° 17/2020, N°20/2020, N° 22/2020 y N° 23/2020, y la N° 4/2020 que aún no fue publicada en el Boletín Oficial.